Herejías constitucionales

Herejías constitucionales

El blog de José María Soberanes

Senado

Nuestra Constitución determina que para poder proceder penalmente contra algunos funcionarios (legisladores federales, ministros de la Corte, magistrados electorales, consejeros de la judicatura, secretarios de estado, consejeros electorales), se requiere de la autorización de la Cámara de Diputados. A esta protección se le conoce popularmente como fuero, y al procedimiento de autorización como desafuero, aunque técnicamente se le llama declaratoria de procedencia. 

 Hay que hacer una precisión. El Presidente de la República no es sujeto de declaración de procedencia, porque goza de una protección mayor, pues no puede ser acusado por cualquier delito, sino únicamente por traición a la patria y delitos graves del orden común. Y en este caso, quien lo acusa es la Cámara de Diputados ante el Senado. Esta protección también podríamos llamarla fuero, aunque es distinta que el del resto de funcionarios. 

 Teóricamente el fuero no pretende generar impunidad, simplemente evitar el uso político de la acción penal. Por ejemplo, evitar que se encarcele a unos legisladores de oposición y con ello ganar una votación en el Congreso; o que encarcelando a un ministro o a un magistrado electoral se influya en las determinaciones judiciales. Si existe una acusación fundada, se autoriza el proceso penal. Incluso, en caso de que los diputados no declaren la procedencia, podría acusarse al funcionario una vez que deje el cargo. 

 Sin embargo, en la práctica, el fuero ha pasado a ser la madriguera de criminales y de corruptos. No es un secreto que los partidos políticos postulan a criminales para cubrirlos bajo las anchas alas protectoras del fuero.  Aunque se limita a acusaciones de tipo penal, hay funcionarios que invocan esta protección ante cualquier proceso, e incluso ante sanciones administrativas, como puede ser el alcoholímetro. Por ello, en la realidad el fuero es un motivo de impunidad. 

 Ante la indignación que a todos nos produce la impunidad, se han alzado muchas voces por acabar con el fuero. Esto implicaría una reforma constitucional. Sin embargo, ello podría dar lugar a usos políticos y arbitrarios de la acción penal en contra de opositores, que es lo que hoy se busca eliminar. 

 Quizá una solución intermedia, como la que ya ha avanzado en el Congreso de la Unión, sea lo prudente. Permitir que se ejerza la acción penal y que se siga todo el proceso, con la limitante de que a los funcionarios antes mencionados no pueden ser sujetos de prisión preventiva, por lo que podrán continuar en su cargo, si es políticamente sostenible su continuidad. En caso de que sean condenados, cesarán en su cargo público sin necesidad de otra declaratoria. Tendrían que defenderse ante un juez, como todos los ciudadanos. Los arreglos entre partidos no evitarían que respondieran ante la justicia.